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manumanso

inquilino/a

Me rescinden el contrato de alquiler y quiero saber si tengo derecho a alguna compensación
Tengo contrato de un año desde el mes de septiembre del 2008 y como quieren vender la vivienda me obligan a irme, ¿puedo pedir compensación por el dinero que me he gastado en mudanza y compra de muebles o cualquier otro tipo de compensación? ya que me crea un gran transtorno económico teniendo que realizar otra mudanza y pagando una vez más un hotel durante el tiempo que se realice la misma en menos de un año 2 veces lo cual representa un gran desembolso
  • Preguntado por: manumanso
  • Hace 14 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (4)
Desahucios Ya ha sido el primero en contestar
  • luisasoria

    profesional

    La venta del inmueble en nada afecta al contrato de alquiler que debe ser respetado por el nuevo propietario. En manera alguna pueden rescindir el contrato que perdurará, como mínimo hasta los cinco años. Otra cosa que quieras irte y por supuesto que tiene derecho a indemnización.
  • //Mfan

    inquilino/a

    En primer lugar, nadie puede obligarte a rescindir el contrato, para el arrendador es forzosa la prorroga hasta el 5º año siempre que sea residencia habitual, como parece serlo.

    Si tu no quieres resolver el contrato no podrán hacer absolutamente nada, comentarte que también tienes derecho a la opción de tanteo sobre la compraventa y que en caso de no habertela dado sería nula dicha venta.

    Después de saber tus derechos, y si aún así estarías dispuesto a marchar por no causar problemas, eres libre de negociar la cantidad que tu estimes oportuna para la finalización del contrato, sin ninguna limitación. En mi opinión sería justo el pago de la mudanza, devolución integra de la fianza, un mes por año restante de contrato (hasta los 5) y lo que te supondría el pago durante ese tiempo de un piso similar si supone un sobrecoste.
    • Respondido por: //Mfan
    • Hace 14 años
  • Jaime Feiner Alonso

    profesional

    Estimado amigo, en primer lugar no pueden hacerlo porque pese a que el contrato sea por un año la Ley de Arrendamientos Urbanos establece que ese plazo mínimo por Ley es de 5 años, por tanto, puede vd., negarse a dejar el inmueble y ellos deberá vender la vivienda indicándole al nuevo propietario que está arrendada y que por tanto deberán de esperar, en caso contrario deberán indemnizarle.El único motivo por el que pueden obligarte a marcha es si el propietario tiene necesidad de la vivienda como primera vivienda para sí mismo.

    Saludos
  • Desahucios Ya

    Desahucios Ya

    profesional

    Hola,

    Al tener un contrato de alquiler según la ley aunque en el contrato figure un año tienes derecho a permanecer en la vivienda 5 años, y por tanto no tienen porqué obligarte a irte, si venden la vivienda el nuevo propietario tendrá las mismas obligaciones contigo que el anterior.

    En caso de que quieran resolver el contrato de manera anticipada y tú no lo desees, puedes solicitar una compensación, dado que tienes derecho a permanecer en la vivienda por cinco años.

    Si tienes cualquier duda puedes ponerte en contacto con nosotros y trataremos de ayudarte y de quedar a tu entera disposición.

    Un saludo
    www.desahuciosya.com
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    T.91.184.03.50
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