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marijosejab

casero/a

Puedo no renovar el contrato de alquiler a mi inquilino por subarrendar habitaciones? Consta en contrato la prohibición.

Hice un contrato para un año, en caso de cumplimiento con todo lo estipulado en contrato y tanto si el inquilino como por mi parte como propietaria estabamos satisfechos, lo renovaria. Advertí antes de la firma y puntualicé por escrito en dicho contrato que en ningún caso el arrendatario podrá ceder o subarrendar, total o parcialmente, lo a él cedido en arrendamiento, siendo causa de desaucio. Han subarrendado unas habitaciones.No quiero renovarles llegado el momento.¿Puedo comunicarles por carta certificada un mes antes de la fecha de fin de contrato mi decisión de no renovar? ¿Necesito algún testigo po el subarrendamiento? ¿Les crea algún derecho el tener un contrato por un año?

Muchas gracias.

  • Preguntado por: marijosejab
  • Hace 12 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (4)
Jan Abogado ha sido el primero en contestar
Jan Abogado ha sido elegida Mejor Respuesta
  • manuel josé

    casero/a

    Un contrato solo lo pueden rescindir con la co nformidad de ambos.

    en caso de disconformidad lo hará un juez. Habrá que ir a juicio. Saludos,

  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Si la cláusula que prohíbe subarrendar expresamente está entre la 1ª y la 6ª cláusula podrá alegar indisposición transitoria

    un saludo

     

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 12 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Está confundiendo dos conceptos,a) la prorroga del contrato que en una vivienda es automática los cinco primeros años, salvo manifestación expresa del inquilino y b) la prohibición de subarrendar que es motivo de desahucio y deberá acreditarlo ante el Juez para obtener una sentencia de desalojo.

    Para ampliar o aclarar esta información puede  hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención  directa e inmediata (1,18 eur./min. Desde fijo; 1,53 eur./min. Desde móvil)
    http://www.pedrohernandezabogado.com/

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 12 años
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola marijo:

    creo  que en los siguientes enlaces encontrará la respuesta a sus preguntas:

    http://letradosalquileres.es.tl/Duracion-del-contrato-de-arrendamiento-de-vivienda.htm

    http://letradosalquileres.es.tl/Subarrendamiento-de-vivienda-.-.htm

    Reciba un cordial saludo

    Despacho Armando García Fernández.

    Email:: armandogarcia@ical.es

    http://letradosalquileres.es.tl

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