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nediar87

inquilino/a

¿Quién tiene que pagar los gastos de mantenimiento de agua caliente y calefacción que entran por la comunidad?

El agua caliente y calefacción entra por la comunidad, pero en los recibos que los propietarios me quieren girar hay cuotas de hasta 24 euros mensuales de mantenimiento. ¿Este mantenimiento quién debe asumirlo?¿Propietario o inquilino?

 

  • Preguntado por: nediar87
  • Hace 10 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (4)
Pedro Martinez Mtnez ha sido el primero en contestar
  • nediar87

    inquilino/a

    Siento mi ignorancia y quizás no me esté expresando correctamente.

    En sí no es un gasto de comunidad.

    En el piso, el agua caliente y la calefacción se gira desde la comunidad de propietarios. Esto es un consumo que estoy del todo de acuerdo que debo asumir, ya que es un consumo mío.

    El problema es que en esos recibos que giran a cada uno de los pisos, además del consumo, hay esos 24 euros de mantenimiento del agua caliente y de la calefacción; importe del que estoy en desacuerdo; por qué total, ¿por qué debo pagar el mantenimiento de unas instalaciones que no son mías?

     

    Ante todo, muchas gracias por las respuestas.

    • Respondido por: nediar87
    • Hace 10 años
  • Pedro Martinez Mtnez

    Pedro Martinez Mtnez

    profesional

    Pues entonces no hay que pagarlo, es lo mismo que si el propietario te pidiese que le pagases los cafes que se toma por las mañanas.

    si el contrato no lo especifica, los gastos de comunidad son de cuenta del propietario.

    pedro Martínez

    Abogado

    5001@icagr. Es


  • nediar87

    inquilino/a

    Saludos.

    El contrato especifica que será cuenta mía el pago de los consumos correspondientes a los servicios de agua, electricidad y cualquier otro servicio de que se halla dotada la vivienda; no especifica nada más ni en la firma del contrato se me indicó de dichos costes.

    • Respondido por: nediar87
    • Hace 10 años
  • Pedro Martinez Mtnez

    Pedro Martinez Mtnez

    profesional

    Hay que atender a lo pactado en el contrato.

    pedro Martínez

    Abogado

    5001@icagr. Es


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