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laura romero torrado

casero/a

tengo un piso alquilado por dos años dentro de un mes se cumple el primer año de contrato y necesito el piso para mi padre

que puedo hacer , en la agrncia me dicen que si no es para mi no puedo hacer nada

  • Preguntado por: laura romero torrado
  • Hace 11 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (4)
Pedro Martinez Mtnez ha sido el primero en contestar
  • Jan Abogado

    profesional

  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Dependerá de si en el contrato que firmaste en su dia, incluiste la clausula del articulo 9.3 de la LAU, pero incluso habiendola incluido, te tienes que esperar al 2º año, lo que no tendrías que esperar es hasta el 5º.

  • javier diez

    javier diez

    casero/a

    Estando de acuerdo con Pedro,También puedes alquilar un apartamento,incluso más barato, para tu padre, con el dinero de ese alquiler.

    (en el caso de la no existencia de la cláusula de necesidad)

  • Pedro Martinez Mtnez

    Pedro Martinez Mtnez

    profesional

    En la agencia, para variar, no tienen ni idea.

    En ambos casos, para ti o para tu padre, solo podrás alegar esa necesidad y recuperar la vivienda antes de los 5 años si en el contrato se establece expresamente la clausula de necesidad contenida en el art. 9.3 de la lau.

    De lo contrario solo te queda hablar con el inquilino quien a cambio de una jugosa indemnizacion quizas no tendrá problemas en marcharse de la vivienda. Lo habitual, ofrecer entre 3 y 6 meses de renta como indemnización.

    Pedro Martínez

    Abogado

    5001@icagr.es


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