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juliaa

casero/a

Modelo carta para dejar constancia de que hemos avisado al inquilino que tiene que irse del pixo X día?

hola buenas tardes!! mi pareja y yo tenemos un piso alquilado (es primera vivienda). Queremos ir a vivir alli y ya hemos informado a nuestros inquilinos (nos hemos informado y podemos hacerlo si les dejamos 30dias). queremos mandar un burofax para dejar constancia de la notificacion.  alguien sabe como redactarla?

  • Preguntado por: juliaa
  • Hace 11 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (7)
Paolo_x ha sido el primero en contestar
Paolo_x ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola julia:

    le sugiero encarecidamente la lectura de los siguientes enlaces:

    http://letradosalquileres.es.tl/Duracion-del-contrato-de-arrendamiento-de-vivienda.htm

    http://letradosalquileres.es.tl/La-denegacion-de-la-prorroga-del-articulo-9-LAU-1994.htm

    reciba un cordial saludo

    despacho Armando García Fernández.

    http://letradosalquileres.es.tl

  • Paolo_x

    inquilino/a

    Oscar, no hay prorroga; El contrato es de 5 años, no de 1!

    nada de prorrogas. No tienen sentido en un contrato de 5 años, hasta que se pasa de los 5 y entramos en el periodo extra de 3 años.

     

    insisto, en su caso, hasta el quinto año, nada de nada.

    podran pedirles que se vayan al final del 5O, 6O, 7o y 8Avo año.

    pasado los 8 años, podrán echarlos solo con 30 dias si la renta se pacto mensual, o año a año si se pactó anual.

    pablo.  

    • Respondido por: Paolo_x
    • Hace 11 años
  • Paolo_x

    inquilino/a

    Espero que el "abogado" no os haya cobrado honorarios.

     

    • Respondido por: Paolo_x
    • Hace 11 años
  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Juliaa, solo los podrá echar en el supuesto que haya puesto la cláusula que le he indicado en la respuesta anterior en el contrato de arrendamiento.

  • juliaa

    casero/a

    un abogado nos ha comentado que si tenemos derecho a "echarlos" si les avisamos en un plazo minimo de 30 dias.

    es primera vivienda y la necesitamos para ir a vivir alli.

    ellos llevaran alli un año y algo y el contrato es de 5!

    • Respondido por: juliaa
    • Hace 11 años
  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Hola,

    Podrás recuperar la vivienda en el cumpleaños del contrato en el siguiente supuesto:

    No procederá la prórroga obligatoria del contrato cuando, al tiempo de su celebración, se haga constar en el mismo, de forma expresa, la necesidad para el arrendador de ocupar la vivienda arrendada antes del transcurso de cinco años para destinarla a vivienda permanente para sí o sus familiares en primer grado de consanguinidad o por adopción o para su cónyuge en los supuestos de sentencia firme de divorcio o nulidad matrimonial.

  • Paolo_x

    inquilino/a

    Julia, 

     

    Pues os habeis informado mal.

    almenos si hablamos de españa; hasta el quinto año de contrato no puedes pedirles que se vayan.

     

    lo habitual es pagarles para que se vayan y dejarlo todo por escrito.

     

    la forma de comunicarlo es sencillametne indicar que al vencimiento de 5o año, no se procederá a prorrogar el contrato.

     

    debeis infromar con mas de 30 dias antes del 5o aniversario.

     

    pablo.

    • Respondido por: Paolo_x
    • Hace 11 años
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