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¿Qué es más fácil...

elenalm

casero/a

¿Qué es más fácil? ¿echar a un inquilino por no pagar o que yo necesite la vivienda?

Es un contrato temporal por 1 año y además tiene una cláusula el contrato que en caso que yo la necesite o algunos de mis hijas tendrían 2 meses para irse ... llevan 2 meses sin pagarme..

diganme qué puedo hacer ?

gracias

  • Preguntado por: elenalm
  • Hace 14 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (2)
manuel josé ha sido el primero en contestar
  • inquilino_ y_propieta

    inquilino/a

    Elenalm, como bien te ha dicho Manuel José, lo del contrato temporal es un poco trampa. Me explico: hay algunos propietarios que ponen en el contrato que es temporal, pensando que así tienen derecho a recuperarlo al año, pero no es cierto. Porque si el inquilino utiliza ese piso como vivienda habitual (no como vivienda temporal por motivos de estudios, trabajo, etc), esa cláusula es nula, y el contrato estaría en fraude de ley.

     

    Pero bueno, esa no era tu pregunta (si tienes alguna duda más sobre el respecto, pues pregunta ;) )

     

    Respecto a la demanda, tengo entendido que tiene más peso si pones la demanda por impago. Mi familiaestuvo hace muchos años, cuando yo era pequeña, en esta situación también y es lo que nos aconsejaron los abogados (nosotros no teníamos otra casa; durante 2 años estuvimos viviendo con un familiar y parece ser que hacía más peso la demanda por impago). Pero, como mi familia hizo en su momento, sería aconsejable que hicieras caso de tu abogado. Es decir, para poner la demanda vas a necesitar a un abogado. Exponle tu caso y él te dirá que es lo mejor.

     

    Y si te de pereza hablar con un abogado (normal, porque eso significa que vas a empezar con temas juicios, etc; proceso largo y un poco "rollo"), piensa que cuanto antes empieces, antes terminas, que esto es un poco latoso y largo.

     

    Saludos.

  • manuel josé

    casero/a

    1º.-  No basta  poner en el contrato  que  es temporal.  Hacen falta  pruebas de la temporalidad,  trabajador  desplazado,  estudiante  matriculado  que necesita desplazarse,....  Dicho de otra forma, ya tienen vivienda habitual  en otra  ciudad donde están  empadronados.  Si no es así, es  vivienda habitrual y, por tanto, prorrogable  hasta los 5 años.

    2º.-  Si es temporal ( justificado  documentalmente) al  término del  tiempo  se van  o  demandas  extinción  por  término contrato.  No es necesaria  la cláusula.

    3º.-  Si es  vivienda habitual el inquilino sin hacer nada  continúa ( anualidad tras anualidad) hasta  los 5 años. Puede marcharse  al término de cada anualidad  comuynicándolo con 30 dias de antelación  por burofax con acuse de recibo  y certificación de texto. Entonces sí tiene eficacia la  cláusula.-  

    La  cláusula  para vd,sus hijas,..debe estar bien redactada.  Su  objeto  es  impedir  que el contrato  por un año prorrogable  de año en año  hasta  los 5 ( si no hay cláusula)  NO  SE  PRORROGUE, o sea, tenga conocimiento  por  cláusula y comunicacion  por  burofax  con  acuse de recibo  30 dias antes de finalización  de la anualidad.  Si se iniciaRA LA SIGUIENTE  ANUALIDAD TENDRÍA QUE ESPERAR  A  LA  FIN ALIZACIÓN DE ESA ANUALIDAD.  

    4º.-  Puede  buscar abopgado y procurador  y  presentar demanda judicial por  impago de rentaS.  La primera vez pueden  enervar la acción  pagando la deuda.  A la segunda vez el juzgaDO NO ACEPTA EL DEPÓSITO DE LA DEUDA  Y  SE VA AL DESAHUCIO. Echar a un inquilino solo  lo puede hacer  un juez.( desahucio).

    saludos,  

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