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manel067

inquilino/a

Llevando 48 años de alquiler, ¿pueden rescindir contrato, alegando que no viven en el piso?

mis padres llevan 48 años pagando religiosamente, tienen una segunda vivienda en la que pasan temporadas, por comodidad y bienestar, mi padre es el titular del contrato,cambio el empadronamiento por razones de médicos, puede ser motivo de rescision el hecho de no estar empadronado en la misma localidad que la vivienda alquilada? necesito ayuda con urgencia,los quieren presionar y los han amenazado con tener que abandonar el piso y entregar las llaves en 15 días, necesito ayuda de alguien entendido, con conocimientos reales, sin suposiciones, gracias.

  • Preguntado por: manel067
  • Hace 12 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (5)
Marta26 ha sido el primero en contestar
Marta26 ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola manel:

    para responder a su consulta sería preciso examinar el contrato y disponer de más datos. Por ello le aconsejo que acuda a un/a profesional de la abogacía experto/a en arrendamientos urbanos quien, con el contrato, la documentación relacionada con el mismo y los datos que usted aporte, le asesorará sobre la mejor forma de proceder.

    Reciba un cordial saludo

    Despacho Armando García Fernández.

    Email:: armandogarcia@ical.es

    http://letradosalquileres.es.tl

  • Eduardo Llarena

    Eduardo Llarena

    profesional

    La falta de ocupación de la vivienda alquilada es motivo de denegación de la prórroga forzosa (resolución del contrato). Sus padres deberían poder acreditar que viven en el piso alquilado a pesar del empadronamiento en otro lugar.

    Si tras un requerimiento formal para que se marchen deciden quedarse se exponen a un juicio que puede durar años pero que tendrá gastos elevados.

    www.asistencialegal.net

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    La denegación de prórroga en un arrendamiento de la LAU 1964 que es el caso que planteas puede basarse en dos motivos la posibilidad de que prospere el  desahucio tal como lo describes es grande, lo que desde luego cabe afirmar es que no es una cuestión de 15 días, ni de un mes, puede ser un pleito de años.

    En http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/  estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 12 años
  • Marta26

    casero/a

    Lo que lo de los 15 días lo veo mal. Tendría que ser 30 días si os toca iros.

    • Respondido por: Marta26
    • Hace 12 años
  • Marta26

    casero/a

    En el momento en que se han empadronado en otra vivienda, dejan de usar la primera como domicilio en tal caso se puede entender que ya no viven allí, con lo que pueden hacer presión.

    En todo caso intenta localizar a un abogado experto en arrendamientos antiguos para que te asesore mejor

    • Respondido por: Marta26
    • Hace 12 años
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