Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.

Marco Snidero

inquilino/a

¿Es legal alquilar un piso sin instalación electrica o con una instalación completamente fuera de normativa?

Es legal alquilar un piso sin instalación electrica o con una instalación completamente fuera de normativa?

(evidentemente el servicio de luz está de baja y la luz para funcionar, pinchada)

  • Preguntado por: Marco Snidero
  • Hace 13 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (4)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
PHOLMO ha sido elegida Mejor Respuesta
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Esa declaración de inhabitabilidad de la vivienda solamente puede hacerla un Juez despues de un pleito largo y caro, debe valorar si está dispuesto a afrontar ese riesgo.

    En http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/  estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 13 años
  • Domus

    Domus

    casero/a

    Entiendo que si el contrato no establece expresamente que el inquilino costeará la adecuación de la instalación  las normas legales o reglamentarias que resulten de aplicación, es absoluta responsabilidad del propietario, en tanto que elemento necesario para la habitabilidad de la vivienda.

    • Respondido por: Domus
    • Hace 13 años
  • Marco Snidero

    inquilino/a

    En esto precisaria afirmar que en la vivienda no hay servicio electritrico... explicandome mejor. No hay una instalación que se pueda dar de alta y para tener luz habria que pincharse... cosa ilegal y de consequencia no se puede hacer ni se puede pretender que yo lo haga. 

    Ademas lo de adaptar la instalaxión puede significar semanas o meses. Legalmente estas obras no se tienen que hacer antes de alquilar el piso? asi que repito la misma pregunta:

    en estas condiciones no se podria invocar la inhabitabilidad de la vivienda? ademas en este caso que pasaria?

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    No puede darse una respuesta afirmativa o negativa sin mas, el inquilino ha entardo en una vivienda en la que existe servicio eléctrico, aunque sea fuera de la normativa administrativa, por lo tanto no se puede invocar inhabitabilidad de la vivienda, habrá que adaptar esa instalación a la normativa y para saber a quien corresponde pagar los gastos es preciso interpretar el contrato.

    En http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/  estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 13 años
Expertos más activos
  • PEDRO BURRUEZO - casero/a
    171 respuestas

  • Creu - inquilino/a
    173 respuestas

  • tamaralexa - inquilino/a
    40 respuestas

  • Inmoboteros - profesional
    318 respuestas