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Africa gobo

casero/a

inquilinos de alquiler, necesito vender piso, qué puedo hacer? Tiene obligación de dejarme enseñar casa a posible comprador?

Sssssssss

  • Preguntado por: Africa gobo
  • Hace 9 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (6)
Piscis tres ha sido el primero en contestar
  • Pelayo de Salvador

    Pelayo de Salvador

    profesional

    Efectivamente, he cometido un "lapsus lingue", ya que debería decir "al final se va a vender a precio distinto". Estaba pensando en el supuesto de acordar un precio distinto al ofertado inicialmente y reflejarlo en un contrato privado de compraventa con entrega de arras.

    En este caso, se ha acordado un precio distinto al ofertado pero todavía no se ha ejecutado la compra, por lo que el derecho del arrendatario continuaría siendo un tanteo y no retracto.

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Compañero Pelayo, si 'al final se vende a precio distinto', lo que tendrá el inquilino es derecho de retracto sobre ese precio, cuando el  Notario la comunique la venta.

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 9 años
  • Pelayo de Salvador

    Pelayo de Salvador

    profesional

    No solo tiene que ofrecerle al inquilino la posibilidad de comprarla l precio que la vaya a vender, sino que si finalmente se vende a un precio distinto, deberá volver a ofrecersela al nuevo precio para que ejerza (si lo desea) su derecho de tanteo. 

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    La respuesta a su pregunta ¿que puedo hacer? Lo primero será ofrecerle al inquilino esa venta de modo fehaciente, después vendrá todo lo demás.

    para ampliar o aclarar esta información puede  Hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención  Directa e inmediata (1,21eur. /min. Desde fijo; 1,57eur. /min. Desde Móvil) http://www.pedrohernandezabogado.com/  

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 9 años
  • Pelayo de Salvador

    Pelayo de Salvador

    profesional

    Buenas noches,

    Además de lo anterior, tenga en cuenta que el arrendatario tiene un derecho preferente para la compra de la vivienda (art. 21 LAU) y que, en función de la fecha del alquiler, puede tener derecho a que el nuevo comprador le respete su arrendamiento, lo que puede afectar a la valoración de la venta.

    En ese sentido, quizás sería conveniente suscribir con el arrendatario un acuerdo de terminación del arrendamiento para el caso de venta, en el que se comprometiera a abandonar la vivienda.

    Si tiene cualquier consulta adicional, no dude en ponerse en contacto con nosotros.

  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    El inquilino no está obligado a enseñar la vivienda a nadie, pero le puedes pedir que te haga el favor de mostrarla. 

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