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Liaandrea

casero/a

¿Hay algun perjuicio o beneficio para alguna de las partes?

Alquilé una vivienda por 5 años dándole un mes gratis para que pudiera hacer la mudanza (vivía justo enfrente), y a la vuelta de 14 meses me dice que se va, sin dar explicaciones, que lo dejarán en uno o dos meses, en estos momentos es dificil de alquilar, es temporada baja. Se le puede exigir el cumplimiento de contrato? o el inquilino puede abandonar la vivienda cuando prefiera sin ningún tipo de obligacion por su parte?                             

Añadir además que no vivo cerca, que el inquilino contactó a traves del teléfono y todas las gestiones las hicimos por este medio o por internet,?¿se puede exigir el cumplimiento de contrato de algun modo ? ¿o el propietario no tiene nada que hacer? ¿Como hacerlo correctamente y sin que nadie salga malparado?Luego dicen de los caseros, me mandó una reparación de un grifo por valor de 180€ " sin iva" me dijo...que no le discutí siquiera.

Muchas gracias por anticipado.

Un saludo.

  • Preguntado por: Liaandrea
  • Hace 11 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (1)
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  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Antes de abandonar un alquiler sin cumplir el plazo pactado o cualquiera de sus prórrogas conviene recordar el viejo brocardo,   pacta sunt servanda –los acuerdos han de ser cumplidos-, y también, mientras no se modifique,  que tan obligatorio es para el casero mantener al arrendatario en el disfrute de la vivienda o local por el tiempo pactado, como para éste pagar la renta correspondiente a ese periodo de tiempo.

    Por lo tanto aunque en el contrato no se especifique el pago de indemnización para el inquilino que decida romper unilateralmente el contrato sin cumplir el plazo pactado o cualquiera de sus prórrogas, ello no puede interpretarse como que la misma es inexigible, el arrendador que se ve frustrado en el cobro de los alquileres pactados sin una razón justificada, puede reclamar al inquilino una indemnización por incumplimiento de contrato, el importe de la misma lo determinará el Juez si ambas partes no llegan a un acuerdo previamente.

    En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y  si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd.,   puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,18€ por minuto desde teléfono fijo y 1,53 € por minuto desde móvil).

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 11 años
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