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perguenoe

casero/a

En la cláusula del mes de fianza, a continuación se especifica que es a favor del arrendador para habitarla después

Me explico, en la claúsula del mes de fianza, a continuación se especifica que es a favor del arrendador para habitarla despues, es decir para despues habitarla, sin mencion alguna de devolverla me refiero a eso.

  • Preguntado por: perguenoe
  • Hace 12 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (2)
Mari Lolis ha sido el primero en contestar
  • manuel josé

    casero/a

    Al  hacer un contrato se exige al arrendador un mes de fianza( si es vivienda)  y 2 si es local de negocio.

    La fianza es para ingresar en el Organismo Público de cada comunidad y es para responder  el inquilino de los desperfectos que dejara al final del contrato.  Se suele pedir además varias mensualidades de garantía o aval bancario que demuestre que es SOLVENTE.-Si es solvente siempre cobrarás si marcha y deja el piso muy mal. SALUDOS,

  • Mari Lolis

    Mari Lolis

    inquilino/a

    esto viene de otro tema? si es asi sigue allí el hilo porque no se entiende nada

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