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virgin

casero/a

Exclusiva de alquiler con inmobiliaria
Si firmo un contrato en una inmobiliaria una exclusiva de alquiler y lo alquilo con opción a compra por mi cuenta ¿le tengo que pagar los honorarios a la inmobiliaria?, lo que firmé fue solamente exclusiva de alquiler y realidad es una venta que se hará en 2 años
gracias
  • Preguntado por: virgin
  • Hace 15 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (4)
Raul ha sido el primero en contestar
  • NEWPROEX

    profesional

    Estimado Virgin: Espero que esta información le sea útil, en primer lugar indicarle que tendría que verse más detalladamente el contrato que formalizó con la inmobiliaria, no obstante todo parece indicar que efectivamente ha de cumplir con el contrato de exclusividad firmado, la explicación lógica es la siguiente aunque aparezca en el mismo contrato la opción de compra es una mera claúsula como la del pago de fianza, la repercusión de gastos, el subarriendo, el plazo ..., cosa distinta es que hubiera hecho un contrato de reserva (no habitual entre particulares), realmente lo que parece que ha formalizado usted mediante contrato privado es un alquiler y no una compra-venta ( que puede formalizarse mediante de contrato privado o escritura pública).

    En segundo lugar imagino que cuando ambas partes optaron por formalizar este tipo de contrato estaban debidamente asesorados respecto a esta figura nueva que ha aparecido en el mercado y usted era conscientes que el inquilino puede ejercitar la opción de compra o no ejercitarla (si este contrato está bien redactado esa es la tónica general), con lo cual la venta no se formaliza hasta ese momento en el que se ejercita esta opción, siendo esta venta y no el aquiler el que está exento del pago de los honorarios a la inmobiliaria en cuestión (si solo existe exclusividad para el caso del alquiler).

    No obstante, le aconsejo que puesto que usted se haya vinculado a la inmobiliaria le solicite que revisen el contrato para más seguridad de su correcta redacción ... Asimismo, aprovecho para indicarle que la inmobiliaria les han de prestar una serie de servicios a cambio de sus honorarios que imagino le indicaría en su día, entre estos servicios figura la publicidad que han hecho de su vivienda, el resto de los mismos depende de la profesionalidad de cada empresa, pero como parece lógico la empresa le ha puesto a su disposición todos los servicios que ofertan haya hecho usted uso de ellos o no en función de lo que estimó conveniente.

    Finalmente, aprovechamos para ponernos a su entera disposición para cualquier duda que le pueda surgir y en la que nosotros le podamos ayudar bien utilizando este foro o bien a través de nuestro e-mail.
    • Respondido por: NEWPROEX
    • Hace 15 años
  • ENEST AM SL

    profesional

    Si el propietario ha alquilado el inmueble por su cuenta, no esta obligado a abonarle los honorarios a la inmobiliario.

    Es obligatorio cuando al inmobiliaria es la que ha encontrado/presentado el inquilino al propietario. En todo caso, hay muchas variaciones, pero en nuestro caso, cuando una comercial alquila el piso los honorarios los abona el inquilino. El propietario no tiene que abonar ningún honorario.

    Saludos,

    Enest
  • Antonio Postigo

    profesional

    Debes cumplir tu compromiso con la inmobiliaria.

    A mi entender, y salvo que se pactara algo en el supuesto de la opción de compra, tu obligación será la de pagar lo acordado por un mes de alquiler.

    De todas formas, no pagas por nada, puede que ese cliente tuyo te encontrara por la publicidad de la inmobiliaria y decidiera localizarte por tu cuenta. Esto ocurre con cierta frecuencia, pensando que se ahorran algo.

    También, y puesto que pagas sus honorarios, puedes disponer del "paquete de servicios" que incluya sus honorarios. Con mucha frecuencia está incluida la redacción de contratos, el asesoramiento, un cierto periodo de adaptación inicial, consejos fiscales, etc.

    Y perdón porque te contradiga, en tanto no se ejercite la opción de compra, no es una venta aplazada real. En esos dos años pueden cambiar las circunstancias personales de tu inquilino y finalmente optar por no ejercer la opción de compra.

    Un saludo.
  • Raul

    profesional

    Entiendo que estás realizando un alquiler, aunque sea con opción a compra, y que has firmado un contrato de exclusividad con la inmobiliaria para que te alquile el piso. En ese sentido, entiendo que deberías ser fiel a lo estipulado en el contrato de exclusividad con la inmobiliaria, pagarle su comisión por el alquiler. La opción a compra ya es algo más discutible.
    • Respondido por: Raul
    • Hace 15 años
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