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miquel

casero/a

contrato
Hola tengo la siguiente duda, el contrato dice asi: La duracion del presente contrato es de UN AÑO, sin perjuicio del derecho del arrendatario de las prorrogas por los plazos anuales hasta que el arrendatario logre un minimo de tres años apartir de hoy. Ingenuo de mi , interprete que el cabo de un año podia rescindir del contrato si lo hubiese oportuno. Pero segun el administrador de las fincas me en dicho que son obligatorios los tres años.Si es asi porque pone , el contrato presente es de un año? lo veo contradictorio. Como debo interpretarlo'? es de un año, es de tres? muchas gracias por la respuesta
  • Preguntado por: miquel
  • Hace 8 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (4)
Pelayo de Salvador ha sido el primero en contestar
Pelayo de Salvador ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Pelayo de Salvador

    Pelayo de Salvador

    profesional

  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Por lo que cuenta, es de un año, con opción a tres para el arrendatario o inquilino, y de tres obligatoriamente - si el inquilino quiere - para el casero. Salvo que el casero lo necesitara para vivir, en cuyo caso podría impedir la prórroga de los años sucesivos.
  • Jan Abogado

    profesional

    Buenas tardes, Miguel:
    Habría que leer el contrato en su integridad para darle una respuesta más adecuada, pero parece que la duración inicialmente pactada fue de 1 año, por lo que si su contrato es de fecha posterior al 5-6-2013 tiene usted 2 opciones:
    1º) No prorrogar el mismo preavisando fehacientemente a su arrendador con al menos 30 días de antelación al cumplimiento del 1º año.
    2º) Desistir del mismo una vez hayan transcurrido los 6 primeros meses de duración preavisando fehacientemente a su arrendador con al menos 30 días de antelación. En este caso sólo estará obligado al pago de la indemnización del art 11 LAU 1994 si así se hubiera recogido expresamente en el contrato.

    Reciba un cordial saludo.
    http://letradosalquileres.es.tl/ 
  • Pelayo de Salvador

    Pelayo de Salvador

    profesional

    ¿Cuando firmaste el contrato de arrendamiento? ¿Eres arrendador o arrendatario?
    Un saludo,
    www.desalvador.es
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