Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.

Blanca E.

casero/a

Contrato en el que se establece renta anual pagadera por meses, la tácita reconducción ¿es de un mes o un año?

En el contrato se establece "La renta estipulada es de tres xxxx euros anuales, que pagará el arrendatario por meses anticipados, a razón de xxxx euros mensuales,..", acabadas todas las prórrogas legales, la tácita reconducción como sería, ¿mensual o anual?

 Gracias

  • Preguntado por: Blanca E.
  • Hace 10 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (7)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
javier diez ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Blanca E.

    casero/a

    Muchas gracias

  • Jan Abogado

    profesional

    Hola Blanca:

    El motivo alegado es desestimado debido a que no infringe doctrina casacional ( siendo éste su fundamento)  y no por el contenido del mismo, el cual no s cuestionado en la sentencia que cita.

    Por lo tanto, coincido con las rspuestas anteriores.

    reciba un cordial saludo.

      http://letradosalquileres.es.tl

  • Blanca E.

    casero/a

    Me refería a este párrafo:

    CUARTO.- También entiende el recurrente que se infringió el art. 1566 en relación con el art. 1581, ambos del CC, pues se ha de estar a la tácita reconducción anual cuando se fija una renta anual, pese a que se pague por meses.

    Este motivo también ha de rechazarse pues no se infringe doctrina casacional alguna, pues la Audiencia se limita a interpretar el contrato conforme hace el Juzgado y entiende que las tácitas reconducciones fueron mensuales según el "iter" contractual. Es decir, nos encontramos no ante un problema normativo sino de interpretación contractual, y no se invoca precepto alguno relativo a la interpretación de los contratos, por lo que se ha de rechazar la presente cuestión, de acuerdo con el art. 477.3 LEC.

  • javier diez

    javier diez

    casero/a

    Anual

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    No veo por qué

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 10 años
  • Blanca E.

    casero/a

    ¿podría deducirse que el plazo sería mensual de esta Sentencia?

    Tribunal supremo

    sala de lo Civil

    Sentencia 246/2013, de 16 de abril de 2013

     

    recurso de casación Núm: 1034/2009

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Tal como describe el contrato, la tácita reconducción es por anualidades.

    en mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd. ,   puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57€ por minuto desde móvil).

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 10 años
Expertos más activos
  • PEDRO BURRUEZO - casero/a
    171 respuestas

  • Creu - inquilino/a
    173 respuestas

  • tamaralexa - inquilino/a
    40 respuestas

  • Inmoboteros - profesional
    318 respuestas