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MSIECAR

casero/a

Aunque yo quiera alquilar la vivienda solo un año, ¿el contrato se renueva sólo hasta 5 años? auqnue yo no lo desee?

Tengo una vivienda y la voy a alquilar ahora en septiembre, pero queria hacerlo solo por un año y si me va bien con ellos prorogarlo hasta que ellos lo deseen, pero eso se hace en automatico hasta los 5 años??? no entiendo muy bien esto, pudieran explicarme??

  • Preguntado por: MSIECAR
  • Hace 12 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (4)
Paolo_x ha sido el primero en contestar
  • Albert Fetscher

    Albert Fetscher

    profesional

    La duración mínima del contrato de alquiler de vivienda es de 5 años (Art. 9 LAU), sólo durará menos si el arrendatario lo comunica al arrendador con antelación o si, cuando al firmar el contrato se especifica, el arrendador necesita la vivienda para sí.

  • Jan Abogado

    profesional

    Hola msiecar:

    si es la primera vez que va a alquiler le aconsejo que acuda a un/a profesional de la abogacía experto/a en arrendamientos urbanos quien, además de redactarle el contrato, le asesorará sobre los aspectos fiscales del mismo.

    sobre la duración de los contratos le sugiero la lectura del siguiente enlace:

    http://blog.enalquiler.com/2011/guias-alquiler-pisos/contrato-alquiler-piso/

    Reciba un cordial saludo

    Despacho Armando García Fernández.

    Email:: armandogarcia@ical.es

    http://letradosalquileres.es.tl

  • manuel josé

    casero/a

    El arrendador  puede rescindir el contrato  comunicando por burofax con acuse de recibo y certificación de texto (  en correos )   30 dias  (mejor más)  antes  de cumplir el 5º  año.   saludos,

  • Paolo_x

    inquilino/a

    Es tal cual lo dices, como casero no tienes derecho a decidir si el inquilino se queda 1 año o 5; eso lo decide Él.

    Tu únicamente podras recuperar el piso antes de los 5 años si el inquilino decide irse (o si el juez lo echase por impago, o algo asi).

    bueno, tambien si fallece, en depende que condiciones.

     

    te recomiendo que antes de ponerte a alquilar una propiedad que de bien seguro tiene un valor considerable, le dediques un par de horas a leerte la ley de arrendamientos y aprender un poco de aquello en lo que te embarcas, para evitar sorpresas.

     

    te paso el link de la udg, que se lee bastante bien:

     

    http://civil.udg.es/normacivil/estatal/contract/lau.htm

     

    saludos, 

    pablo.

    • Respondido por: Paolo_x
    • Hace 12 años
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