Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.

drilux

inquilino/a

Si el arrendador se niega a arreglar la caldera, ¿puedo irme antes del vencimiento del contrato?

Se estropeó la caldera de la vivienda y llamé al servicio técnico oficial para arreglarla. Me dijeron que era un fallo del circuito electrónico que estaba defectuoso y había que cambiarlo. Creo que debe ser el propietario el que debe pagar la averia, ya que no se debe a un mal uso por mi parte. Pero dice que la caldera funciona bien y que en todo caso debo ser yo el que pague la reparación. Ya se ha hecho el loco con otras mejoras que he hecho, como pintar el techo del baño y la cocina, ya que me entregó el piso con ellos saltados, y cambiar manillas rotas de puertas, entre otras cosas. Asi que he decidido irme y al avisarle, con más de un mes de antelación, me dice que si no cumplo con el contrato no me devuelve la fianza. ¿No ha sido él quien no ha cumplido sus obligaciones al negarse a pagar las reparaciones?

Gracias por la ayuda.

  • Preguntado por: drilux
  • Hace 13 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (1)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Pero un contrato no se puede resolver porque así lo decida una de las partes.

     

    Las cosas no funcionan así.

     

    Si una parte incumple, la otra tiene la opción de ir al juzgado a exigir a la parte incumplidora lo que por ley le corresponda. Puede elegir entre exigir la reparación o la resolución del contrato.

     

    Pero quien decide, es el juez. No usted o él. 

     

    Lo que sucede es que hacerlo así, suele salir más caro que el arreglar la caldera.  Pero si hay un claro "culpable" será condenado en costas.

     

    Lo que sucede es que si el coste de la reparación de la caldera es pequeño, puede ser a cargo del inquilino, según el artículo 21-4 de la LAU.

     

     Si no se trató de una pequeña reparación ni hubo mal uso, entonces si es obligación del arrendador.

    Pero uno no puede tomarse la justicia por su mano...

    Igual que si un inquilino no paga, el casero tiene que ir al juzgado para pedir el desahucio, a la inversa, ocurre lo mismo.

     Cuando uno no cumple su parte, el otro tiene que ir al juzgado a demandárselo.

     

    Saludos - Papeleos Alquiler

Expertos más activos
  • PEDRO BURRUEZO - casero/a
    171 respuestas

  • Creu - inquilino/a
    173 respuestas

  • tamaralexa - inquilino/a
    40 respuestas

  • Inmoboteros - profesional
    318 respuestas