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tony

casero/a

Alquiler a empresa constructora
Tengo un piso alquilado a una constructora. El piso está siendo ocupado por una mujer mientras la constructora le construye su vivienda. Dicho alquiler lo paga la constructora, y la mujer paga los suministros de agua y luz. Pero en el contrato, que hicimos en una inmobiliaria, la mujer no aparece, y yo lo estoy declarando a Hacienda como alquiler de vivienda. Es correcto? El contrato es de vivienda habitual de la parte arrendataria,que segun el contrato es la empresa S.L, representada por JUAN ........... .................

Tendríamos que haber especificado quién ocupaba la vivienda? ¿Aún se podria hacer un anexo? ¿Sería alquiler de vivienda habitual o de uso distinto? La mujer ya lleva 3 años ocupando el piso. Ella vendió su casa vieja e hizo una permuta con la constructora.

Espero vuestra ayuda.

Gracias.
  • Preguntado por: tony
  • Hace 15 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (2)
Desahucios Ya ha sido el primero en contestar
  • Juan

    profesional

    Si llevas tres años con el contrato y supongo que dos declarándolo en Hacienda como arrendamiento de vivienda, no parece demasiado imprudente seguir como hasta ahora sin cambiar nada. Sin embargo, ese contrato no puede ser calificado como arrendamiento de vivienda sino de uso distinto, porque el arrendatario es una sociedad que no puede tener vivienda.

    Si en el contrato se hubiera especificado expresamente la persona física que la destina a vivienda, hay tribunales que lo consideran arrendamiento de vivienda, como el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, aunque la Dirección General de Tributos sigue opinando y contestando lo contrario en las consultas vinculantes.

    Pero en este caso no hay duda, por no figurar otro destinatario que la sociedad arrendataria se trata de un arrendamiento distinto de vivienda que debe incluir el IVA y la retención de IRPF y que además no se beneficia de las reducciones en el rendimiento del capital inmobiliario del artículo 23.2 de la Ley del IRPF. Cualquier modificación que cambie la persona del arrendatario requiere un nuevo contrato, pero no sería necesario para incluir el verdadero destinatario de la vivienda, aunque quedaría la discordancia con el ejemplar seguramente entregado en la administración junto con el depósito.
    • Respondido por: Juan
    • Hace 15 años
  • Desahucios Ya

    Desahucios Ya

    profesional

    Hola, Deberíais haber fijado en el contrato el objeto del mismo, sin embargo no es preciso que designes el nombre de los inquilinos, dado que el alquiler lo has hecho con la constructora.

    En caso de que tenga cualquier duda puede ponerse en contacto con nosotros, y estaremos encantados de resolvérsela y ponernos a su disposición.

    Un saludo,
    www.desahuciosya.com
    informacion@desahuciosya.com
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