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rubio 1

casero/a

Alquiler a una empresa

Hola a todos,

Tengo varias dudas en las siguientes cuestiones:

1º tengo una casa y la voy a alquilar auna persopna que quiere que hagamos el contrato a nombre de su empresa que es la que se va hacer cargo del alquiler, yo debo realizarle recibos mas iva, que supone esto para mi en la declaracion, en un principio ella o queria hacer por su cuenta y le dijimos que le bajamos el precio pero ahoara es la empresa la que quiere realizar el contrato y lo va a declarar yo debo subirle el iva?

lo que no quiero que el hecho que la empresa declare no me afecte en lo que yo quiero ganar mensualmente que son 440 euros

  • Preguntado por: rubio 1
  • Hace 13 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (2)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • Inmoboteros

    Inmoboteros

    profesional

    para poder alquiler una vivienda a una empresa a de constar el objeto del alquiler es decir, que es muy recomendable indicar quien sera el inquilino de la vivienda , los recibos están sujetos a IVA y a IRPF  (18 %) y( 19 %) respectivamente y debe de declararse deve ueste de  poner en el contrato que el precio de la vivienda es X impuestos no incluidos,  sumarle el IVA y restarle el IRPF,  el casero ha de cumplir con la hacienda publica si la empresa no lo hace eso ya sera de su incumbencia y no sera su problema,  también le recomendaría encarecidamente  que algún socio sea el garante con sus bienes personales  o bien formalizar un aval bancario a primer requerimiento por el importe de una anualidad y que estuviera vigente dicho aval para el 1º año y sus sucesivas prorrogas siendo la propiedad la depositaria del original del aval.

    aunque existen exenciones de iva y irpf en las viviendas aqui en andalucia una entidad juridica ( empresa) puede alquiler una vivienda siempre que la destine a la residencia permanente de un trabajador en concreto y esta entonces sujeta a IVA e IRPF como actividad comercial o pago en especie a sus trabajadores.

     

     cerciórese si es asi en su comunidad autonoma

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    El arrendamiento a una empresa conlleva de un aparte que los alquileres está sujetos a IVA, que deberá repercutir aparte de la renta, que así mismo están sujetos a retención que se deducirá del alquiler y por último que no podra beneficiarse de la reducción en el IRPF para arrendamiento d evivienda.

    Todos estos temas los tengo tratados en http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/  donde estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 13 años
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