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Ricard

inquilino/a

Iva 21%
A mi me cobran un 21% de Iva sobre lo honorarios de la empresa más el contrato que me hacen pagar. Mi duda es ese 21% me lo pueden cobrar de la suma de los honorarios más el contrato o solo se debería aplicar el 21% a los honorarios?
  • Preguntado por: Ricard
  • Hace 8 años
  • Categoría: Ayudas alquiler
Respuestas (4)
Oscar Aparisi ha sido el primero en contestar
Oscar Aparisi ha sido elegida Mejor Respuesta
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Ricard el IVA se repercute sobre la totalidad de la factura, lo que no es lógico es que pague vd por la redacción de ese contrato si no ha sido hecha conforme a sus instrucciones,  los contratos se redactan a favor de quien los encarga  En mi blog www.pedrohernandezabogado.com tiene abundante información sobre estos temas 
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 8 años
  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Si es de vivienda habitual, no devenga iva.
    Por lo tanto, solo le pueden cobrar el 21% de los 150 euros, y le tienen que entregar Factura.
    Exija también que le den el resguardo como que han depositado la fianza en hacienda, si no, no podrá desgravarse el arrendamiento.
    No estaría de más que alguien de confianza o un profesional le revisara el contrato antes de firmarlo, el arrendador me da que no está actuando de buena fé.

    oscar@espatur.net
  • Ricard

    inquilino/a

    ES un piso que cojemos de alquiler para vivir. Entonces si el 21% me lo aplican al total (alquiler son 750 y el contrato 150 lo que suman 900)  yo puedo reclamar que solo me lo apliquen a los 750?
    • Respondido por: Ricard
    • Hace 8 años
  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Es un contrato de vivienda habitual??
    Es para que viva habitualmente un empleado de la empresa?
    O es para realizar actividades económicas en el inmueble (oficina por ejemplo)?

    Si al respuesta es afirmativa en cualquiera de las dos primeras, le cobrarán el 21% sobre los honorarios y el resto no devengará iva, usted se lo podrá desgravar como gasto.
    Si la afirmativa es la última, el 21% es sobre el total, al igual que sobre la renta de la vivienda de cada mes.
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