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victor gonzalez

casero/a

Quiero alquilar una casa con opción a compra como arrendatario, ¿cuánto tengo que pagar a Hacienda por este tipo de contrato?
o solo se paga cuando se venda?
  • Preguntado por: victor gonzalez
  • Hace 15 años
  • Categoría: Opción a compra
Respuestas (3)
Antonio Postigo ha sido el primero en contestar
  • Antonio Postigo

    profesional

    En mi anterior respuesta le he contestado como "casero", al figurar así en su idenficación.
    La respuesta de armando perea induce a pensar que el tipo aplicable en caso de sujeción a IVA es el 7%, y sin embargo hay situaciones en las que no es así, al menos en parte.

    Le remito a la lectura de la siguiente cuestión "¿Cuánto debo pagar de IVA en un alquiler con opción a compra?" donde Juan deja perfectamente claro el asunto del IVA aplicable.

    Feliz Navidad.
  • Armando Perea

    Armando Perea

    profesional

    Hay que distinguir si se trata de vivienda de obra nueva, o es una 2ª transmisión. Si se trata de la 1ª efectivamente en el contrato te figurará un precio "x" más su iva (7%) correspondiente, con lo cual las cantidades que pagues como alquiler (que posteriormente cuando ejercites la opción se descontarán del precio de compra) al promotor tienen que venir muy bien especificadas si incluyen o no el iva.

    Si se trata de una 2ª transmisión pagarás (autoliquidarás) el ITP (7%), del precio de venta que figure en el contrato y posteriormente en la escritura pública y lo liquidarás cuando ejercites la opción (no antes). También hay que recordar que los contratos de alquiler de vivienda no llevan IVA.
  • Antonio Postigo

    profesional

    Mi respuesta es aplicable si usted no es el promotor y al mismo tiempo la vivienda tiene menos de dos años, en el resto de los casos sí.

    El alquiler lo deberá computar como ingreso en su próxima declaración de la renta, y ahí además podrá beneficiarse de los beneficios que le corresponda en función de la edad e ingresos de su inquilino, y si el uso es para vivienda o distinto al de vivienda.

    La opción de compra no está sujeta a impuestos hasta que se ejercite, y en ese caso será los que le corresponda a una venta.

    Feliz Navidad

    Un saludo.
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