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Torni

casero/a

¿Hay que pagar a Hacienda por alquilar un piso para sede de un consulado -que tiene exencion de iva- ?

Se trata del alquiler a un consulado extranjero que tiene exención de iva por los acuerdos internacionales suscritos por España, ¿esto se extiende al propietario que acaso sólo tiene que declarar el dinero recibido más no pagar por ello? Por favor cual es la fórmula a aplicar en la declaración anual. Muchas gracias, Carlos

 

  • Preguntado por: Torni
  • Hace 10 años
  • Categoría: Alquiler y Hacienda
Respuestas (2)
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PHOLMO ha sido elegida Mejor Respuesta
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Antes de alquilar a un consulado le sugiero lea este enlace para evitar sorpresas, sobre todo si le han dicho que 'en virtud de tratados internacionales' están exentos de IVA

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 10 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    • Torni En la ley del Impuesto no encuentro ninguna exención que ampare el supuesto que describe, por lo tanto, salvo error por mi parte, ese arrendamiento estaría sujeto a IVA y el casero debe repercutirlo e ingresarlo.
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 10 años
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