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JUAN ANTONIO G.G.

casero/a

¿Es cierto que hay que cobrar el I.V.A. al arrendar una vivienda a una empresa?

Buenos días:

mi duda es la siguiente. Voy a alquilar mi vivienda a un empresa para uso de la misma como vivienda de dos de sus empleados.

Estoy leyendo en varios foros que hay que pagar trimestralmente el i. V. A a Hacienda. ¿es cierto?

Si yo quiero recibir como importe neto 540 euros, ¿Qué debo poner en el contrato? ¿mes por 540 euros? O ¿Mes por 540+18% de i. V. A?

Quedo a la espera urgente de sus respuestas.

  • Preguntado por: JUAN ANTONIO G.G.
  • Hace 12 años
  • Categoría: Alquiler y Hacienda
Respuestas (8)
Abogados Edo ha sido el primero en contestar
manuel josé ha sido elegida Mejor Respuesta
  • manuel josé

    casero/a

    Busca contestaciones de Amparo.

    En ellas verás modelos en

    papeleos de Alquiler.

    Saludos,

  • manuel josé

    casero/a

    Las retenciones las deposita el arrendatario en hacienda y actualmente son el 19%. En cambio el IVA actual es 18% y el arrendador (después de cobrarselo mensualmente) lo paga trimestralmente a hacienda.

     

    Estamos hablando de contrato a empresas.

    Si quisieras hacer un contrato de vivienda habitual y permanente sería sin iva ni retenciones. Figurarían los dos empleados como titulares para mayor garantía de solvencia. saludos,

  • JUAN ANTONIO G.G.

    casero/a

    Muchas gracias a todos. Sigo con mis dudas...

    Para recibir los 540 €  de renta, que es lo que necesito y lo que hasta el momento he recibido en otros contratos a particulares.

    ¿Qué tal quedaría la claúsula del contrato redactada así "La renta mensual será de 637,2 Euros, debiendo el arrendatario entregar en Hacienda las correspondientes retenciones a nombre del arrendador. Estas retenciones equivalen al 18% de I.V.A. que es la cuantía que el arrendatario debe pagar al arrendador"?

    ¿Qué os parece?

    Por otra parte: ¿en el contrato debe figurar el nombre de la empresa y el de los 2 empleados que van a vivir o sólo el nombre de la empresa o sólo el nombre de los empleados?

    Gracias!!

  • manuel josé

    casero/a

    Puse " el iva a nombre del arrendatario".

    quise decir " a cargo del arrendatario". Saludos,

  • manuel josé

    casero/a

    En el contrato además de figurar el importe anual de tanto pagadero por mensualidades ( vencidas o anticipadas) de tanto, además del iva correspondiente.

    el iva puede sufrir cambios.

    Desglose recibo: 540 Alquiler

    Retenciones 19% 102,6

    diferencia. 437,4

    iva 18% s/ 540. 97,2

    suma. 534,6

    ibi. X

    basura. Y ( si no va con el recibo del agua)

    total. Tanto. -

    las retenciones las entrega el arrendatario en hacienda a tu nombre. A final de año pedirás al arrendatario certificado anual de lo descontado mes a mes por retenciones y se deducirá en el irpf anual del arrendador.

    el iva lo ingresa el arrendador en hacienda a nombre del arrendatario.

  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Tienes que liquidar trimestralmente, sí.

    casi mejor te acerques a un gestor

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 12 años
  • JUAN ANTONIO G.G.

    casero/a

    Muchas grcias por la pronta respuesta.

    Redactaré el contrato incluyendo el I.V.A. al importe del mes.

    Sin embargo, no me queda clara la parte de su respuesta en la que dice "en su renta tendra que incluir las Retenciones practicadas como pago a cuenta".

    Yo anualmente declaro en Hacienda que tengo el piso alquilado, presentando el contrato. Este año, si yo como siempre presento a Hacienda este año el contrato con el I.V.A., ¿hace falta que liquide trimestralmente? ¿tendré algún problema?

    Quedo a la espera de sus respuestas. Gracias!!!

  • Abogados Edo

    profesional

    Efectivamente usted ha de realizar un contrato con IVA y retenciones. Por lo tanto tendra que indicarlo en el mismo.

    Tendra que sumar el 18% del IVA y le retendran el 19% de retencion, asi ha de figurar en las facturas que emita a la empresa.

    Trimestralemente, tendra que liquidar el IVA y en su renta tendra que incluir las Retenciones practicadas como pago a cuenta.

    www.abogadosedo.es

     

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