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David

casero/a

Deducción de gastos en irpf por alquiler vacacional
Buenas,  tengo un apartamento en la playa y he llegado a un acuerdo con una empresa gestora de alquileres en los siguientes términos: El propietario pone a disposición de la empresa gestora la vivienda para gestionar en exclusividad el alquiler de dicho inmueble.  Se cederá la vivienda a la empresa gestora concretamente durante un periodo de 9 meses/anuales repartidas de la siguiente forma: Corresponderá el uso exclusivo al propietario durante los meses de abril, mayo y junio. Corresponderá, en todo caso,  el uso de la vivienda a la empresa gestora durante el resto de meses del año.

La empresa gestora abonara al propietario la cantidad fija de ....? y una parte variable si la empresa gestora alquila la vivienda cedida durante un periodo superior a 15 semanas.
Durante los 9 meses que cedo la vivienda a la empresa gestora para su alquiler no puedo hacer uso de la misma.  Con todo esto,  de cara a la declaración de la renta podré deducirme los gastos generados en los 9 meses que tengo cedida la vivienda a la empresa gestora o sólo las semanas que la empresa gestora pueda alquilar la vivienda. El contrato que me han presentado es un contrato tipo de gestión de arrendamiento de viviendas. Sería mejor otro tipo de contrato?
Muchas gracias.

  • Preguntado por: David
  • Hace 8 años
  • Categoría: Alquiler y Hacienda
Respuestas (3)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • Graciani Asesores

    Graciani Asesores

    profesional

    La redacción que ofrrece es muy pobre, parace más bien, como le indica el compañero, un contrado de arriendo con posibilidad de subarriendo,y tratándose de una persona jurídica, iría con IVa y retenciones.
    Saludos
    http://www.gracianiasesores.com
  • David

    casero/a

     Efectivamente eso es lo que voy a necesitar, un contrato de alquiler con posibilidad de subarrendamiento. Intentaré asesorarme antes de firmar. Muchas gracias por la respuesta.
    • Respondido por: David
    • Hace 8 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    David con los datos que aporta no se puede contestar a su pregunta porque lo que describe no es un contrato de gestión de alquileres, sino un contrato de arrendamiento con facultad para subarrendar, habría que conocer mas a fondo la propuesta para poder asesorarle, de momento le sugiero que no firme nada hasta tener ese asesoramiento, es un tama complejo, con mort antes connotaciones fiscales, p. Ej., el IVA. Para ampliar o aclarar esta información puede  hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención  directa e inmediata (1,21eur./min. Desde fijo; 1,57eur./min. Desde móvil)  http://www.pedrohernandezabogado.com/ 

     
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 8 años
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