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Jalioth

inquilino/a

¿Debo pagar los servicios extras de comunidad?
Desde 2006 estoy de alquiler en una vivienda. En el contrato se especificó la cantidad de la Renta a satisfacer y la cantidad de los Gastos comunitarios (Portería, Ascensor, etc.), actualizables ambas cantidades anualmente. Este agosto, el cuarto desde que estoy aquí, me pasan un cargo por sustituto de la portera, en sus vacaciones, de 85 € . ¿Puede decidir la propiedad poner el servicio comunitario que quiera y pasarme al cobro la parte proporcional que en teoría me toca? Es una finca, de un único propietario, excepto uno de los pisos, en la cual todos los vecinos somos arrendatarios, excepto la dueña que vive en el ático.
  • Preguntado por: Jalioth
  • Hace 14 años
  • Categoría: Agencias y alquiler
Respuestas (1)
Jaime Feiner Alonso ha sido el primero en contestar
  • Jaime Feiner Alonso

    profesional

    Como vd., misma indica el contrato establece que los gastos de comunidad y de renta serán revisables anualmente, en este caso, la renta se elevará respecto del IPC pero habría que establecer contractualmente cuáles son las bases de revisión de los gastos comunitarios.

    Entiendo que no le pueden pasar a vd., el recibo aunque sí lo podrían cargar en la revisión del nuevo año con carácter retroactivo al ser una cuestión de mejoras que redundan también en la calidad del alquiler.

    Entiendo que es justo que se repartan esas responsabilidades entre los arrendatarios y el propietario como usuario del ático.

    Un cordial saludo
    Jaime Feine
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