1.- Tipo de Ayuda
La duración es de 4 años, sean o no consecutivos. Esto quiere decir que puedes fraccionar la duración de la prestación. Por ejemplo, si a los tres años dejas de recibir la renta de emancipación, cuando vuelvas a necesitarla y si aún cumples los requisitos, puedes volver a solicitar la prestación por el año restante.
Sólo habrá una prestación por vivienda habitual alquilada. Se beneficiarán también los que ya estén de alquiler.
En caso de que haya más de un firmante del contrato de alquiler, las cuantías de las ayudas a cada uno de los que tengan derecho a las mismas, serán el resultado de dividir las cantidades de la ayuda por el número total de titulares. Por ejemplo, si compartes piso con una amiga, el contrato está a nombre de las dos, y reunís todos los requisitos, os corresponderían 105 euros mensuales a cada una.
El préstamo y el coste del aval sólo podrán ser percibidos una única vez. Se concederán sólo para contratos de alquiler nuevos.
El pago de la prestación de 210 euros se realizará cada mes, tras comprobar que el inquilino ha realizado la transferencia de la renta mensual al propietario.
La renta de emancipación es compatible con la deducción fiscal a favor del inquilino. A partir de la declaración de la renta de 2008 (que se presenta en 2009) se podrá deducir el 10,05% de lo que pague por el alquiler de su vivienda, hasta un máximo determinado, siempre que se tengan unos ingresos anuales por debajo de los 24.000 euros netos.
También será compatible con las ayudas, subvenciones o beneficios fiscales que establezcan las Comunidades Autónomas en virtud de sus competencias. La renta de emancipación no es compatible con las ayudas al inquilino vigentes del Plan Estatal de Vivienda.
2.- Requisitos
3.- Tramitación
Se debe presentar la solicitud en la que figuran los datos personales necesarios para comprobar que se cumplen todos los requisitos como, la edad, el número de la Seguridad Social, la referencia catastral de la vivienda, el número de cuenta, etc. Y ,en el caso de ya se esté alquilado, también se debe aportar una copia del contrato. Cada comunidad autónoma puede exigir otra documentación que demuestre que cumples los requisitos exigidos para conceder la ayuda.
Esta documentación se debe presentar ante el departamento competente en materia de vivienda de la comunidad o ciudad autónoma donde esté situado el piso de alquiler.
En caso de concederte la renta de emancipación, con la resolución otorgada por la comunidad o ciudad autónoma deberás dirigirte a la entidad bancaria colaboradora para solicitar el pago. Tras comprobar que has realizado la transferencia del alquiler mensual al propietario, el Ministerio de Vivienda ingresará en tu cuenta bancaria el importe de la prestación.
Si aún no tienes contrato de alquiler, se te reconocerá provisionalmente el derecho a recibir la Renta de Emancipación y tendrás tres meses para aportarlo.
La renta mensual será percibida por meses completos y tendrás derecho a recibirla desde el mes siguiente al de la solicitud. En el caso de que no hayas presentado el contrato de alquiler, tendrás derecho a recibirla desde la presentación del contrato.
4.- Oficinas de tramitación
Servicio de Información y Cita previa
Castilla La Mancha
Teléfono: 900 110 011
Delegación Provincial de Ordenación del Territorio y Vivienda de Albacete
Dirección: Avda. de España, 8 B, 02071, Albacete, Albacete
Teléfono: 967 558 100
Fax: 967 558 113
Delegación Provincial de Ordenación del Territorio y Vivienda de Ciudad Real
Dirección: Alarcos, 21, 13071, Ciudad Real, Ciudad Real
Teléfono: 926 279 660
Otro teléfono: 926 276 740
Fax: 926 279 665
Oficina Provincial de Vivienda de Ciudad Real
Dirección: Avenida del Rey Santo nº 26, 13001, Ciudad Real
Teléfono: 926 200 843
Oficina de Vivienda de Alcazar de San Juan
Dirección: Doctor Bonardel, 9, 13600 Alcazar de San Juan, Ciudad Real
Oficina de Vivienda de Puertollano
Dirección: C/ Encina, 36
13500 Puertollano
Ciudad Real
Delegación Provincial de Ordenación del Territorio y Vivienda de Cuenca
Dirección: Fermín Caballero 24, Cuenca, Cuenca
Teléfono: 969178700
Fax: 969 178 760
Oficina Provincial de Vivienda de Cuenca
Dirección: Plaza del Romero nº 2, Cuenca, Cuenca
Teléfono: 969 240 485
Fax: 969 239 390
Oficina de Vivienda de Cuenca
Dirección: C/ Prolongación Jorge Toner, Oficina 2 16004 Cuenca
Delegación Provincial de Ordenación del Territorio y Vivienda de Guadalajara
Dirección: Avenida del Ejercito, nº 8, Guadalajara, Guadalajara
Teléfono: 949 885 000
Fax: 949 888 771
Oficina de Vivienda de Guadalajara
Dirección: Avenida del Ejercito, nº 8, Guadalajara, Guadalajara
Teléfono: 949 247 592
Delegación Provincial de Ordenación del Territorio y Vivienda de Toledo
Dirección: Avda. Castilla-La Mancha, s/n, 45071, Toledo, Toledo
Teléfono: 925 267 070
Fax: 925 265 538
Oficina de Vivienda de Toledo
Dirección: Salto del caballo nº 3 Edificio La Curia, planta baja, oficina 1
Teléfono: 925 239 624
Oficina de Vivienda de Toledo
Dirección: Corredera del Cristo 41, 45600 Talavera de la Reina, Toledo