Renta Básica de Emancipación en Cantabria
1.- Tipo de ayuda
La renta básica de emancipación (RBE), consiste en un conjunto de ayudas directas destinadas al apoyo económico para el pago del alquiler de la vivienda, con la finalidad de facilitar a los jóvenes el acceso a una vivienda digna en régimen de alquiler, fomentando así una más temprana emancipación y mayor movilidad laboral. Es una iniciativa del Ministerio de Vivienda gestionada por la Dirección General de Vivienda y Arquitectura del Gobierno de Cantabria.
Los beneficiarios son personas jóvenes con edades comprendidas entre los 22 y 30 años que formalicen un contrato de alquiler de una vivienda dedicada a su domicilio habitual y permanente.
Cuantía de la ayuda
- 210 € mensuales para el pago del alquiler durante 4 años, sean o no consecutivos.
- 600 € de préstamo estatal para la fianza, reintegrable sin intereses, cuando se extinga la fianza prestada en garantía de arrendamiento, al finalizar el último de los contratos de arrendamiento formalizados en el plazo máximo de 4 años desde el reconocimiento del derecho de esta ayuda o, cuando se deje de reunir las características que habilitan para seguir percibiendo la ayuda.
- 120 € para el pago de los gastos relacionados con la constitución y mantenimiento del aval.
Obligaciones
- Efectivo pago mensual de la renta mediante transferencia bancaria a la persona arrendadora.
- Destino de la vivienda como residencia habitual y permanente de todas las personas ocupantes de la casa.
- Informar a la Administración de cualquier cambio en las circunstancias tenidas en cuenta para otorgar la subvención.
- Cumplir los deberes impuestos en la Ley de Arrendamientos Urbanos, en especial a lo que se refiere al uso y conservación de la vivienda.
2.- Requisitos
- Edad comprendida entre los 22 y 30 años (la prestación se interrumpe al cumplir los 30 años).
- Si eres extranjero no comunitario, tener la residencia legal y permanente en España.
- Disponer de unos ingresos brutos anuales inferiores a 22.000 € y demostrar que esa fuente la has tenido en los últimos seis meses o que la tendrás en los próximos seis. Se incluyen a los trabajadores por cuenta propia o ajena, a los becarios de investigación y a los perceptores de una prestación por desempleo o una pensión por incapacidad, por invalidez o cualquier otra prestación pública.
- No disponer de otra vivienda en propiedad, salvo que no dispongan del uso o disfrute de la misma o su valor catastral no exceda del 60 % del precio máximo de una VPO de Régimen General, acogida al Real Decreto 801/2005, calificada provisionalmente en el mismo momento de la solicitud de la ayuda y situada en la misma ubicación que la vivienda de la que se es titular.
- Ser titulares del contrato de arrendamiento. La cuantía de la prestación se dividirá entre el número de inquilinos titulares del contrato. Cada titular podrá solicitar la subvención.
- Es incompatible la percepción de la ayuda para aquellos arrendatarios cuya vivienda habitual este sometida a algún régimen de Protección Pública que establezca límites a su renta máxima de alquiler.
- Número de referencia catastral que identifica la vivienda.
- Número de cuenta del arrendador: cuenta en la que se realizarán las transferencias de las mensualidades de alquiler. Debe ser una cuenta de alguna de las entidades colaboradoras (consulta el listado en www.alquilerjoven.es ).
- Número de cuenta bancaria del arrendatario para el pago de alquiler y cobro de la ayuda, ambas en la misma entidad colaboradora.
- No guardar parentesco en primer o segundo grado de consanguinidad o afinidad con el arrendador de su vivienda habitual.
- No tener un patrimonio mayor de 108.182,18 euros.
- Estar al corriente del pago periódico del alquiler de la vivienda objeto del contrato de arrendamiento.
- Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Nota 2: La Administración podrá recabar las informaciones pertinentes relativas a los requisitos a cumplir por el solicitante, de la Agencia Tributaria, Seguridad Social o de otras fuentes de información, no siendo necesaria, en principio, la presentación de esta documentación salvo petición expresa.
3.- Tramitación
Deberá adjuntar junto con la solicitud los siguientes documentos:
- Si se solicita el reconocimiento definitivo:
- Copia del DNI o Tarjeta de Residencia permanente en vigor.
- Domicilio fiscal en Cantabria.
- Certificado municipal de empadronamiento en la vivienda objeto del alquiler (original).
- Justificación de ingresos:
- Trabajador por cuenta ajena/becario/perceptor de prestación social, contributiva o asistencial: Contrato de trabajo actualmente en vigor y dos últimas nóminas o certificado de haberes del año en curso o resolución administrativa correspondiente. (Original y copia).
- Actividades empresariales, profesionales, artísticas mediante: Declaración de la Renta o, si no se ha presentado, recibo de alta en el Régimen de Autónomos de la Seguridad Social y declaración responsable de ingresos. (Original y copia).
- Ejemplar del contrato de arrendamiento con la Liquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. (Original y copia).
- Certificado de Vida Laboral. (Original).
- Nota Simple Registral de la vivienda arrendada (Registro de la Propiedad correspondiente). (Original).
- Referencia catastral de la vivienda de alquiler, y en caso de ser titular o usufructuario de otra vivienda, referencia catastral de la misma.
- Si se solicita el reconocimiento provisional será necesario:
- Copia del DNI o Tarjeta de Residencia permanente en vigor.
- Domicilio fiscal en Cantabria.
- Justificación de ingresos:
- Trabajador por cuenta ajena/becario/perceptor de prestación social, contributiva o asistencial: Contrato de trabajo actualmente en vigor y dos últimas nóminas o certificado de haberes del año en curso o resolución administrativa correspondiente. (Original y copia).
- Actividades empresariales, profesionales, artísticas mediante: Declaración de la Renta o, si no se ha presentado, recibo de alta en el Régimen de Autónomos de la Seguridad Social y declaración responsable de ingresos. (Original y copia).
- Certificado de Vida Laboral. (Original).
- Si solicitas la ayuda del aval: Aval bancario. (Original y copia).
- Si solicitas préstamo para la fianza: Resguardo bancario del pago de la fianza. (Original y copia).
4.- Oficina de tramitación
Narciso Cuevas, 4-bajo
39010 Santander
Telf.: 902 999 926