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Renta Básica de Emancipación en Aragón

1.- Tipo de Ayuda

La renta básica de emancipación tiene como objeto facilitar la emancipación de los jóvenes a través de un conjunto de ayudas directas destinadas al apoyo económico para el pago del alquiler de la vivienda que constituye su domicilio habitual y permanente.

Duración y cuantía de la ayuda

  • 210 euros mensuales para el pago del alquiler de su vivienda habitual durante un máximo de cuatro, años sean o no consecutivos. En el caso de que haya más de un firmante del contrato de alquiler, las cuantías de las ayudas a cada uno de los que tengan derecho a las mismas, serán el resultado de dividir las cantidades de la ayuda por el número total de titulares.
  • 600 euros de préstamo sin interés, reintegrable cuando se extinga la fianza del último contrato de arrendamiento.
  • Si se necesita aval, 120 euros para los gastos de su tramitación.
  • El préstamo y el aval sólo podrán ser percibidos una única vez.

2.- Requisitos

  • Tener entre 22 y 30 años (la prestación se interrumpe al cumplir los 30 años)
  • Disponer de una fuente regular de ingresos que no superen los 22.000 euros brutos anuales. Esto incluye a los trabajadores por cuenta propia o ajena, a los becarios de investigación, y a los perceptores de prestación de desempleo o de una pensión por incapacidad.
  • Acreditar una vida laboral de al menos 6 meses de antigüedad, inmediatamente anterior al momento de la solicitud, o una duración prevista de la fuente de ingresos de al menos 6 meses contados desde el día de su solicitud.
  • Ser titular del contrato de alquiler (no se aceptarán los contratos de alquiler entre
    familiares de primer o segundo grado de consanguinidad o de afinidad).
  • No tener vivienda en propiedad (salvo que no disponga del uso ni del disfrute de la misma o su valor catastral no exceda del 60% del precio máximo de una vivienda protegida de precio general).
  • Los extranjeros no comunitarios deben contar con la residencia legal permanente en España.

3.- Tramitación

La solicitud de la renta básica de emancipación deberá acompañarse de la siguiente documentación:

  • Documento Nacional de Identidad (DNI) o Número de Identificación de Extranjería (NIE) del solicitante o en el caso de ciudadanos comunitarios cualquier otro documento identificativo del solicitante que sea válido en su país de origen.
  • Acreditación de una fuente regular de ingresos que le reporte unos ingresos brutos anuales inferiores a 22.000 euros:
    • Si se es trabajador por cuenta ajena se debe acreditar a través del certificado de haberes del año en curso o resolución administrativa correspondiente en el caso de una prestación de carácter público.
    • Si se es trabajador por cuenta propia debe presentar la declaración del IRPF. En caso de no estar obligado a hacerla debe presentar una declaración responsable en la que consten los ingresos.
  • Informe de la vida laboral emitido por el órgano competente del sistema público de Seguridad Social. En el caso de ciudadanos comunitarios, documento equivalente.
  • Copia del contrato de arrendamiento.
  • Si se solicitan los 120 euros para el aval deberá aportarse el documento que acredite su constitución.

En el caso de solicitar la renta básica de emancipación sin tener aún contrato de arrendamiento para su reconocimiento provisional no será necesario presentar los documentos d) y e).

4.- Normativa

5.- Oficinas de tramitación

Las solicitudes de la ayuda, junto con la documentación necesaria, se tramitan y resuelven en la Dirección Provincial de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes:

  • En Huesca: Plaza Cervantes, 1
  • En Teruel: CL San Francisco ,1
  • En Zaragoza: Plaza San Pedro Nolasco, 7
  • Oficinas de Ventanilla Única de Vivienda
    C/ Carlos Marx, 2-4
    50015 Zaragoza
    C/ San Pablo, 61
    50003 Zaragoza

Puedes obtener información y cita previa para rellenar la solicitud en el Teléfono: 900 122 132