El Programa de Vivenda en Aluguer tiene, como objectivos, por un lado facilitar el acceso de las familias y unidades convivenciales a una vivienda en régimen de arrendamiento y, por otro, dinamizar y ampliar dicho mercado.
Con la publicación del Decreto 48/2006, y la normativa que lo desarrolla, se ha iniciado un programa a través del cual, por un lado, se facilíta el acceso de las familias y unidades convivenciales con mayores dificultades económicas a una vivenda en régimen de arrendamiento, y por otro, dinamizar y ampliar dicho mercado incorporando al mismo viviendas vacías.
Los solicitantes de vivienda, en caso de cumplir los requisitos tras da su inscripción en el programa, entrarán en todos los procedementos de adjudicación que realicen las sociedades públicas con las vivendas que les sean cedidas, siempre de acuordo con los criterios de adjudicación establecidos en la normativa. Si los solicitantes incorporados finalmente resultan adjudicatarios y aceptan la vivienda, firmarán el correspondiente contrato de arrendamiento, pudiendo solicitar desde ese momento la subvención al alquiler.
Los propietarios tras la cesión a las sociedades públicas gestoras el arrendamiento de sus viviendas obtendrán los seguientes servicios y beneficios:
Hay una modificación de la normativa que desarrolla el Programa de Vivenda en Aluguer que entró en vigor.
Puntos de información
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