Enalquiler.Especialistas en pisos en alquiler

Acceso propietarios

Publica GRATIS tu anuncio

Ayudas a sociedades y entidades que adquieran viviendas libres usadas para ofertarlas en alquiler en Cantabria

1.- Tipo de ayuda

Entre las actuaciones contempladas en el Plan de Vivienda 2005-2008, que desarrolla y gestiona el Gobierno de Cantabria, a través de la Consejería de Obras Públicas, Ordenación del Territorio, Vivienda y Urbanismo, figura el apoyo económico a las sociedades y entidades que adquieran viviendas libres usadas para ofertarlas en alquiler, con objeto de ayudar a solucionar el grave problema de acceso a la vivienda, que afecta a un amplio sector de la población de Cantabria.

Los beneficiarios de estas ayudas son las entidades sin ánimo de lucro, los organismos públicos y las sociedades (que incluyan en su objeto social el arrendamiento de viviendas), que adquieran viviendas usadas para su cesión en arrendamiento.

Préstamo convenido
Un préstamo convenido cuya cuantía máxima será del 80% del precio total de la vivienda, sin periodo de carencia.

Subsidiación de las cuotas
La misma subsidiación que las viviendas protegidas para arrendar, de renta básica, es decir:
Subsidiación euros/año/10.000 de préstamo: 

  • En 10 años: del primer al quinto año: 295 euros, del sexto al décimo año: 177 euros.
  • En 25 años: del primer al quinto año: 263 euros y del sexto al vigesimo quinto año: 205 euros.

Subvenciones por vivienda
La misma subvención, y bajo las mismas condiciones, que las viviendas protegidas para arrendar, de renta básica, siempre y cuando la superficie útil de la vivienda no exceda de 70 m2.

Las cuantías de las subvenciones serán las siguientes:

  • Municipios del Grupo C:
    •  Periodo de amortización: 10 años: 9.000 euros/vivienda
    •  Periodo de amortización 25 años: 12.300 euros/vivienda
  • Resto de municipios:
    •  Periodo de amortización: 10 años: 8.000 euros/vivienda
    •  Periodo de amortización 25 años: 11.300 euros/vivienda

Los precios máximos de alquiler serán los siguientes:

  • Con financiación a 10 años (5,5%)
    • Municipios del Grupo C: Viviendas: 97,55 euros/m2 (año). Anejos: 58,53 euros m2 (año)
    • Resto de Municipios: Viviendas: 75,04 euros/m2 (año). Anejos: 45,02 euros m2 (año)
  • Con financiación a 25 años (4,5%)
    • Municipios del Grupo C: Viviendas: 79,82 euros/m2 (año). Anejos: 47,89 euros m2 (año)
    • Resto de Municipios: Viviendas: 61,40 euros/m2 (año). Anejos: 36,84 euros m2 (año)

Nota: El precio de renta de alquiler inicial se revisará anualmente, en función de la variación del I.P.C.

2.- Requisitos

  • El precio máximo de adquisición será el correspondiente a:
    • Municipios del Grupo C: Viviendas de 1.773,72 euros / m2 útil y anejos de 1.064,23 euros / m2 útil
    • Resto de municipios: Viviendas de 1.364,40 euros /m2 útil y anejos de 818,64/ m2 útil Nota: estos precios están sujeros a revisión en función de la variación del Precio Básico.
  • Adquirir las viviendas para cederlas en arrendamiento a personas arrendatarias cuyos ingresos familiares no excedan de 6,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), durante un período mínimo de diez o de veinticinco años, ateniéndose a las rentas máximas, condiciones y posibilidades aplicables a las viviendas protegidas para arrendar, de renta básica.
  • Para segundas y posteriores transmisiones mientras dure el régimen de financiación, se aplicarán, en los precios máximos de venta los mismos criterios que corresponden a las viviendas protegidas para arrendar, de renta básica, y durante el mismo periodo. Dichos precios deberán autorizarse por la Dirección General de Vivienda y Arquitectura.
  • Las limitaciones sobre el destino del uso de la vivienda y sobre los precios máximos de venta y renta habrán de figurar expresamente en las escrituras de compraventa y en la escritura de formalización del préstamo hipotecario, haciéndose constar tal circunstancia en el Registro de la Propiedad mediante nota marginal.
  • Domicilio Fiscal en Cantabria.

Puedes ver los municipios que están dentro del Grupo C aquí

3.- Tramitación

Documentación a presentar:

  • Documentos necesarios para la identificación completa de la persona adquirente (escritura de constitución donde aparezcan el nombre o razón social y el domicilio, identificación fiscal y acreditación de su inscripción en el Registro Mercantil o al que corresponda conforme a la legislación que le sea aplicable).
  • Documentos necesarios para la identificación completa del representante.
  • Contrato privado de compraventa, precontrato u opción de compra (el precio máximo de adquisición de las viviendas usadas será el establecido como máximo para las viviendas de nueva construcción, calificadas provisionalmente como protegidas de régimen general, excepto las situadas en los municipios grupo C que será superior).
  • En el contrato definitivo de compraventa deberán figurar las siguientes cláusulas:
    • Que la adquisición de la vivienda se realiza para su arrendamiento a personas cuyos ingresos familiares no superen en 5,5 veces el IPREM, y la renta máxima exigible inicial sea el 5,5% o el 3,5% del precio máximo de alquiler, según el periodo de amortización del préstamo sea de 10 o de 25 años.
    • La limitación en cuanto al destino del uso de la vivienda estará vinculada al periodo de amortización del préstamo convenido.
  • Acreditación de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y de no ser persona deudora por resolución firme de procedimiento de reintegro de otras subvenciones.
  • Nota simple registral o escritura de propiedad acompañada de certificado catastral descriptivo y gráfico, para la adecuada acreditación de la superficie útil de la vivienda.
  • En el caso de nueva construcción, el certificado de final de obra para acreditar que como mínimo ha transcurrido un año desde la finalización de ésta y la fecha del contrato o escritura pública de compraventa. -
  • Contrato de arrendamiento de las viviendas una vez obtenido el visadodel contrato de compraventa definitivo.

 4.- Oficina de tramitación

Oficina de la Vivienda
Narciso Cuevas, 4-bajo
39010 Santander
Telf.: 902 999 926