Enalquiler.Especialistas en pisos en alquiler

Acceso propietarios

Publica GRATIS tu anuncio

Ayudas a jóvenes arrendatarios de vivienda en Castilla y León. Convocatoria 2008

1.- Tipo de ayuda

Ayudas económicas destinadas a subvencionar la renta o precio de alquiler de las viviendas.

Beneficiarios y condiciones

  • Personas físicas arrendatarias de viviendas.
  • Jóvenes mayores de edad y menores de 36 años.
  • Tener una fuente regular de ingresos brutos anuales inferiores a 22.000 €.
  • Acreditar una vida laboral de al menos 6 meses de antigüedad o una duración prevista de la fuente de ingresos de al menos 6 meses contados desde el día de la solicitud
  • La vivienda deberá estar destinada a residencia habitual y permanente.
  • La vivienda no podrá estar sometida a ningún régimen de protección pública.
  • Tener nacionalidad española o la de alguno de los Estados miembros de la Unión Europeao del espacio Económico Europeo o extranjeros no comunitarios con residencia legal y permanente en España.
  • El importe mensual de la subvención en ningún caso podrá ser superior al importe mensual del precio del alquiler.

Plazo y presentación de solicitudes

  • Contratos formalizados con anterioridad a la publicación de la convocatoria, un mes desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOCYL.
  • Contratos formalizados con posterioridad a la publicación de la convocatoria, un mes desde la formalización del contrato y como máximo hasta el 10 de diciembre de 2008.

El periodo subvencionable abarcará desde el 1 de febrero hasta el 31 de diciembre de 2008.

Cuantía de la ayuda

  • Jóvenes con ingresos iguales o inferiores a 1 vez el IPREM: 210 euros mensuales, 30 euros de complemento. Para los que tengan reconocida la renta básica de emancipación: complemento de 30 euros.
  • Jóvenes con ingresos superiores a una vez e inferiores a 2 veces el IPREM: 210 euros mensuales, complemento de 15 euros. Para los que tengan reconocida la renta básica de emancipación: complemento de 15 euros.

Si hay varios titulares del contrato la cuantía de la subvención se dividirá entre el número total de titulares del contrato de arrendamiento. Las ayudas se podrán recibir si concurren los requisitos durante un máximo de 4 años, sean consecutivos o no, o hasta que el beneficiario cumpla 36 años. Incompatibilidad con otras ayudas que se puedan obtener de cualquier Administración para el mismo fin, excepto el complemento de la renta básica de emancipación.

2.- Normativa

  • Orden FOM/88/2006, de 24 de enero, por la que se establecen las bases reguladoras .
  • ORDEN FOM/384/2008, de 5 de marzo, por la que se convocan ayudas a jóvenes arrendatarios de vivienda y ayudas complementarias de la renta básica de emancipación de los jóvenes. (BOCyL 12 de marzo de 2008).

3.- Oficinas de tramitación

Dirección General de Vivienda y Arquitectura
C/ Rigoberto Cortejoso 14. Valladolid 47014

Oficinas de Vivienda de Castilla y León
Ávila: Pza. Fuente el Sol, 2
Burgos: S Pza. de Bilbao, 3
Miranda de Ebro: C/ La Estación, 25
León: Avda. Peregrinos, s/n
Ponferrada: C/ Ramón González Alegre, 15
Palencia: Avda. Casado del Alisal, 27
Salamanca: Paseo Doctor Torres Villarroel, 21-25
Segovia: Plaza Platero Oquendo, 3
Soria: Plaza Mariano Granados, 1
Valladolid: C/ Antonio Lorenzo Hurtado, 6
Zamora: C/ Leopoldo Alas Clarín, 4

Teléfonos de información: 900 100 888/902 22 88 88